Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento de armas químicas y sobre su destrucción
La Convención de armas químicas se convirtió en el primer acuerdo de desarme multilateral en prever la eliminación completa de una categoría entera de armas de destrucción masiva.
Principal objetivo: lograr un progreso auténtico hacia el desarme general y completo bajo un estricto control internacional que impida el desarrollo, la producción, el almacenamiento, el empleo y facilite la destrucción de armas químicas.
En este sentido, la Convención es un instrumento único en la medida en que sus obligaciones están sostenidas por un sistema comprehensivo de verificación de declaraciones, inspecciones y sanciones contra aquellos Estados que no cumplan con los compromisos asumidos. De esta manera, los Estados se comprometen voluntariamente a declarar y abrir su industria química y bélica a inspecciones internacionales para verificar el cumplimiento de lo prescrito por la Convención.
La Convención tiene cuatro pilares:
Desarme (Artículos I, II, III, IV y V de la CAQ)
No – Prolíferación (Artículo VI de la CAQ)
Protección y Asistencia (Artículo X de la CAQ)
Cooperación Internacional (Artículo XI de la CAQ)
Estructura de la CAQ: La CAQ comprende un preámbulo y 24 artículos, así como tres voluminosos anexos:
Preámbulo
Artículo I Obligaciones Generales
Artículo II Definiciones y Criterios
Artículo III Declaraciones
Artículo IV Armas Químicas
Artículo V Instalaciones de Producción de Armas Químicas
Artículo VI Actividades no Prohibidas
Artículo VII Medidas Nacionales de Aplicación
Artículo VIII La Organización
Artículo IX Consulta, Cooperación y Determinación de Hechos
Artículo X Asistencia y Protección contra las Armas Químicas
Artículo XI Desarrollo Económico y Tecnológico
Artículo XII Medidas para Remediar una Situación y Asegurar el Cumplimiento, incluidas las Sanciones
Artículo XIII Relación con otros Acuerdos Internacionales
Artículo XVI Solución de Controversias
Artículos XV, XVI, XVII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV Enmiendas, Duración y Retirada, Condición Jurídica de los Anexos, Firma, Ratificación, Adhesión, Entrada en Vigor, Reservas, Depositario, Textos Auténticos, respectivamente
Anexo sobre Sustancias Químicas
Anexo sobre Verificación
Anexo sobre Confidencialidad